En base a consultas realizadas por empresas socias proveedoras de INDUSTRIAS consideradas ESENCIALES, derivamos las mismas al Comité de Crisis y Seguimiento de la UNIÓN INDUSTRIAL ARGENTINA (que está en contacto permanente con los Ministerios de Desarrollo Productivo y de Trabajo) para poder informar cuál debe ser su proceder durante el período impuesto de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.
Al respecto nos informan que el Decreto ampara a industrias como la alimenticia y de sanidad, así como al sector petróleo (entre otros), por lo que las actividades conexas de su cadena de valor que garantizan el funcionamiento de las mismas, están incluidas, pero en su mínima expresión y sólo abocadas a abastecer dichas industrias
Por lo tanto se sugiere – a aquellas empresas con producciones estratégicas para cualquier sector esencial que necesiten seguir trabajando – que, en primer lugar y en caso de conflicto, conversen con los sindicatos sobre la importancia de seguir operando para la sostenibilidad de la empresa. Y también que emitan los salvoconductos pertinentes para sus trabajadores, cuyo modelo adjuntamos.
Quedamos a disposición de ustedes para las consultas que deseen realizarnos
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